RISE
¿Qué es y para qué sirve?
El Régimen Impositivo Simplificado (RISE).
Es un régimen de inscripción voluntaria, que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.
Beneficios del RISE
- No se hacen declaraciones.
- No se entregan facturas sino comprobantes de venta autorizados por el SRI. La obligación de emisión es partir de los 12 dólares, pero si la otra parte lo exige, se pueden emitir comprobantes por cualquier valor.
- No se realizan retenciones de IVA ni de Impuesto a la Renta.
- No hay obligación de llevar Contabilidad.
- Por cada nuevo empleado que esté afiliado al IESS, se descuenta 5% de la cuota hasta llegar a 50% de descuento.
- El pago de impuestos consiste en una tarifa fija mensual que depende del ingreso promedio anual. También se puede pagar una sola vez por adelantado.
Requisitos

- Ser persona natural.
- No tener ingresos mayores a USD 60 mil en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.
- No dedicarse a alguna de las actividades restringidas.
- No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.
- Cédula de identidad / Pasaporte / Carné de refugiado.
- Certificado de votación actualizado.
- Documento que certifique el lugar donde se realizará la actividad económica, como planilla de agua, luz, teléfono u otros servicios; contrato de arriendo; pago de Impuesto Predial, etc. La vigencia del documento debe ser de los últimos tres meses.
- Acercarse al SRI.
- El trámite no tiene valor y se puede hacer la pre inscripción vía Internet para luego ir al SRI.
¿Cómo se paga el RISE?
En cualquier institución financiera autorizada por el SRI.
La fecha máxima de pago depende del noveno dígito del RUC:
Base legal
- Constitución de la República del Ecuador . Artículos: 66 y 300.
- Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. Artículos: 2 y 9.
- Código Tributario. Artículos: 115, 116, 119, 120, 121, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y otros.
- Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 97.1 y siguientes.
- Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 215 y siguientes.
El Régimen Impositivo Simplificado (RISE).
Es un régimen de inscripción voluntaria, que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.
Es un régimen de inscripción voluntaria, que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.
Beneficios del RISE
- No se hacen declaraciones.
- No se entregan facturas sino comprobantes de venta autorizados por el SRI. La obligación de emisión es partir de los 12 dólares, pero si la otra parte lo exige, se pueden emitir comprobantes por cualquier valor.
- No se realizan retenciones de IVA ni de Impuesto a la Renta.
- No hay obligación de llevar Contabilidad.
- Por cada nuevo empleado que esté afiliado al IESS, se descuenta 5% de la cuota hasta llegar a 50% de descuento.
- El pago de impuestos consiste en una tarifa fija mensual que depende del ingreso promedio anual. También se puede pagar una sola vez por adelantado.
Requisitos


- Ser persona natural.
- No tener ingresos mayores a USD 60 mil en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.
- No dedicarse a alguna de las actividades restringidas.
- No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.
- Cédula de identidad / Pasaporte / Carné de refugiado.
- Certificado de votación actualizado.
- Documento que certifique el lugar donde se realizará la actividad económica, como planilla de agua, luz, teléfono u otros servicios; contrato de arriendo; pago de Impuesto Predial, etc. La vigencia del documento debe ser de los últimos tres meses.
- Acercarse al SRI.
- El trámite no tiene valor y se puede hacer la pre inscripción vía Internet para luego ir al SRI.
¿Cómo se paga el RISE?
En cualquier institución financiera autorizada por el SRI.
La fecha máxima de pago depende del noveno dígito del RUC:
La fecha máxima de pago depende del noveno dígito del RUC:


- Constitución de la República del Ecuador . Artículos: 66 y 300.
- Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. Artículos: 2 y 9.
- Código Tributario. Artículos: 115, 116, 119, 120, 121, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y otros.
- Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 97.1 y siguientes.
- Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 215 y siguientes.
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